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09.05.2023

Exención de Derechos de Publicidad a pequeños contribuyentes

El artículo 10 de bis de la Ordenanza Impositiva establece la exención del pago del derecho de publicidad “a los contribuyentes contemplados por el articulo 8 y Anexo II Categorías 1 a 7 de la Ordenanza Impositiva, siempre que la publicidad se encuentre vinculada al comercio y no corresponda a terceras marcas”.

 

Cómo solicitar este beneficio:

Para obtener el beneficio, debe ingresar a la página WEB de la Agencia de Recaudación https://arsi.gob.ar y completar el formulario haciendo click en Exención Publicidad

 

 

Requisitos:

  • Estar comprendido como pequeño contribuyente;
  • La publicidad debe estar vinculada al comercio, es decir no debe referir a terceras marcas.

 

Cualquier duda o aclaración no dude en contactarse con la Agencia de Recaudación a través de los distintos canales de comunicación:

Teléfonos 4512-3619 ó al 4512-3621 de lunes a viernes de 8:30 a 16:00 hs. ó por mail a :
agenciaderecaudacion@sanisidro.gov.ar,


Agencia de Recaudaciones de San Isidro (ARSI)

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    Con fecha 7 de Julio de 2022, el Señor Intendente Municipal, ha reglamentado a través del Decreto Nº 1285/2022 el artículo 82 bis, apartado IV, de la Ordenanza Fiscal vigente. Dicho apartado contiene un beneficio ...

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    En el caso de los establecimientos que correspondan exclusivamente a oficinas, que no realicen expendio de bienes al público en el lugar, podrá otorgarse a pedido del contribuyente un descuento de hasta el 50% sobre ...

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25.07.2022

Beneficio para Industrias

Con fecha 7 de Julio de 2022, el Señor Intendente Municipal, ha reglamentado a través del Decreto Nº 1285/2022 el artículo 82 bis, apartado IV, de la Ordenanza Fiscal vigente. Dicho apartado contiene un beneficio de reducción sobre el valor de la Tasa determinada de Inspección de Comercios e Industrias para aquellas Industrias que cumplan con determinados requisitos.

 

 

Requisitos

El beneficio está destinado a aquellos contribuyentes de establecimientos industriales que realicen exclusivamente tareas correspondientes a las distintas etapas del proceso productivo, con independencia del rubro/actividad bajo el que hubiesen sido registrados en oportunidad de gestionarse su habilitación, siempre que no realicen expendio de bienes al público en el lugar.

El beneficio establecido en la Ordenanza procederá cuando el régimen de contratación de los empleados de dichas industrias se encuentre bajo las siguientes condiciones:

 

A) Los empleados se encuentren afectados al inmueble sobre el cual se solicita el
beneficio; y
B) Los empleados posean domicilio dentro del Partido de San Isidro.-

 

Formulario

Previo a realizar la Declaración Jurada, los contribuyentes deberán completar el
formulario electrónico que se encuentra en el siguiente vínculo:

https://arsi.gob.ar/solicitud-beneficio-industrias/ adjuntando y transmitiendo la
documentación respaldatoria.

 

Procedimiento

Al realizar las declaraciones juradas bimestrales para el cálculo de la Tasa por
Inspección de Comercios e Industrias, aquellos contribuyentes que cumplan con los
requisitos detallados en el Decreto Reglamentario, podrán deducirse de la base
imponible, un porcentaje de los sueldos brutos abonados a empleados que posean
domicilio en el Partido.

Una nueva acción por parte de la gestión de este Municipio para dar continuidad a las políticas de fomento en pos de incrementar la generación de empleos a nuestros
vecinos. Acompañando así el desarrollo de aquellas empresas que deciden asentarse en el Partido.

 

Ver decreto

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20.07.2022

CANALES ELECTRÓNICOS PARA EL PAGO DE LAS TASAS

El Municipio de San Isidro ofrece a los vecinos canales alternativos para abonar sus tasas de forma simple e informó sobre los medios de pagos electrónicos (no presenciales) disponibles.

 

PAGO ONLINE: https://www.sanisidro.gob.ar/tramites/pago-de-tasas-y-abl

 

PAGO MIS CUENTAS: Rubro: “Impuestos Municipales”, Empresa: “Municipio de San Isidro”. Número de cuenta: “Informar número de cuenta de la Tasa Municipal”. (*)

 

RED LINK: Ingresando el Código de Pagos Link que figura en la boleta Municipal. (*)

 

APP MERCADO PAGO: Desde el teléfono celular, con tarjeta de débito, escaneando el código de barra de cualquier boleta municipal. (**)

 

RAPIPAGO POR TELÉFONO: Con tarjeta de crédito llamando telefónicamente al 0810 – 345 – 7274 (marcar la opción 5 y luego la opción 2).- Para facilitar la operación de pago se sugiere tener a mano la boleta de la tasa municipal y la tarjeta de crédito.- (*)

 

TRANSFERENCIA BANCARIA: Transferencia a la cuenta oficial de la Municipalidad de San Isidro: 061417/3 CBU 01400281 01509606141737 CUIT 33-99900070-9. Importante: Luego de realizar la transferencia deberá informarla en el siguiente link: https://arsi.gob.ar/aviso-de-transferencia/ (**)

 

 

(*) Esta forma de pago se encuentra disponible para pagar las “cuotas a vencer” de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, la tasa por Inspección de Comercios e Industrias y para Planes de pago, durante las 24 horas.

 

(**) Esta forma de pago se encuentra disponible para cuotas vencidas y a vencer de todas las tasas municipales. Las 24 horas del día.

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23.07.2022

Beneficios para Oficinas Administrativas / Comerciales

En el caso de los establecimientos que correspondan exclusivamente a oficinas, que no realicen expendio de bienes al público en el lugar, podrá otorgarse a pedido del contribuyente un descuento de hasta el 50% sobre el valor de la tasa determinada.

Seguí leyendo “Beneficios para Oficinas Administrativas / Comerciales”

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22.07.2022

Beneficio para pequeños contribuyentes

Por Decreto N° 1749 /2021, el Sr. Intendente, promulgó la Ordenanza Municipal N° 9194, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, el 22 de Diciembre de 2021. Dicho ordenamiento dispone reducir el monto mínimo de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias a pequeños contribuyentes locales, en hasta un 30%.

 

Los contribuyentes beneficiados constituyen el 82% del total de contribuyentes que aportan a la Tasa de Comercio.

 

 

¿Quiénes son considerados “pequeños contribuyentes”?

A partir del nuevo decreto, serán considerados pequeños contribuyentes aquellos cuyos ingresos bimestrales sean menores o iguales a los 4.000.000 de pesos.

 

Al monto mínimo determinado se le aplicará un coeficiente de reducción según el siguiente detalle:

 

· Ingresos bimestrales menores o iguales a $600.000, percibirán una reducción del 30%.
MONTO MÍNIMO * 0.70

· Ingresos bimestrales mayores a $600.000 y menores o iguales a $2.500.000, percibirán una reducción del 20%.
MONTO MÍNIMO * 0.80

· Ingresos bimestrales mayores a $2.500.000 y menores o iguales a $4.000.000, percibirán una reducción del 10%.
MONTO MÍNIMO * 0.90

 

 

Cómo se obtiene la reducción

La reducción del monto mínimo será procedente sólo para los contribuyentes que presenten la correspondiente Declaración Jurada de Ingresos en término.

Ingresar a Tasas y Declaraciones Juradas

Ver ordenanza

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29.06.2018

BENEFICIOS FISCALES PARA OFICINAS RADICADAS EN SAN ISIDRO

Reducción de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene. En las Ordenanzas Fiscales e Impositivas sancionadas para el año 2018 se estableció una reducción importante en la tasa por Inspección de Comercio e Industrias para las oficinas administrativas y/o comerciales radicadas dentro del Distrito.- Seguí leyendo “BENEFICIOS FISCALES PARA OFICINAS RADICADAS EN SAN ISIDRO”

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27.06.2018

DESARROLLO SOSTENIBLE – EMPRESAS DE TRIPLE IMPACTO

Los modelos de Desarrollo moderno enfocan la perspectiva del Desarrollo Sostenible de las empresas bajo tres órbitas: Responsabilidad Financiera Empresaria, Responsabilidad Social Empresaria y Responsabilidad Medioambiental Empresaria. Estas empresas comerciales se denominan actualmente Empresas de Triple Impacto.- Seguí leyendo “DESARROLLO SOSTENIBLE – EMPRESAS DE TRIPLE IMPACTO”

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26.06.2018

ESTÍMULO FISCAL PARA OFICINAS

Bajar la Presión Fiscal – El Esfuerzo de San Isidro. – La Municipalidad de San Isidro prevé para el año 2018 el envío de un paquete de estímulos fiscales para pequeñas y medianas empresas, oficinas y empresas de triple impacto.- Seguí leyendo “ESTÍMULO FISCAL PARA OFICINAS”

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25.06.2018

EXENCIÓN DE RENOVACIÓN REGISTRO DE JUBILADOS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD

EXENCIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR PARA JUBILADOS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD En las Ordenanzas Impositivas y Fiscales para el año 2018 se ha dispuesto la EXENCIÓN del cobro de las renovaciones de la Licencia de Conducir para Jubilados con Haber Mínimo y personas con Discapacidad. En ambos casos deberán acreditar su situación en oportunidad de realizar las gestiones correspondientes en la Subsecretaría de Tránsito.-

Deberán aportar original y copia de los recibos de haberes donde surja que los haberes que perciben corresponden a la Jubilación mínima y el certificado de discapacidad original y copia, según corresponda.-

Consultas:
Ante cualquier duda puede realizarse la consulta correspondiente a los teléfonos 4512-3475, 4512-3477, 4512-3478, 4512-3484 o 4512-3491 (Subsecretaría Administrativa de Tránsito).-

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02.04.2016

PRESENTAMOS LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE SAN ISIDRO

EL MUNICIPIO DE SAN ISIDRO TENDRÁ UNA AGENCIA DE RECAUDACIÓN El objetivo es implementar una política tributaria progresiva con el foco puesto en los grandes contribuyentes, disminuyendo la carga fiscal de pequeñas empresas e individuos. (San Isidro, 24 de mayo de 2016). Seguí leyendo “PRESENTAMOS LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE SAN ISIDRO”

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2024 © AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE SAN ISIDRO - Todos los derechos reservados.

Para la solicitud del presente beneficio, deberá realizar
el pedido por la Mesa General de Entradas, sita en
Av. Centenario 77 Primer subsuelo.
Ante cualquier consulta, por favor contactarse a:
[email protected]