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03.11.2025

Calendario tributario 2026

Se establece a partir de la primera cuota del año 2026, el vencimiento de la Declaración Jurada y dos vencimientos dentro del mismo mes, para el pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, de los contribuyentes, alcanzados por el Régimen General, conforme ANEXO II, el primer vencimiento, con un descuento por pago anticipado y el segundo, con el monto del tributo determinado.

TASA POR INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE RÉGIMEN GENERAL



TASA POR INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE RESSI



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16.01.2025

Trámite por pago en demasía

Durante el periodo 01/05/2024 – 31/05/2024 se identificaron tributos cobrados en demasía por el Municipio para los Derechos de Oficina.

 

Si durante el periodo mencionado precedentemente, realizaste algún pago al Municipio relacionado con estos tributos, podes chequear en el siguiente ANEXO si tu recibo de pago tiene saldo a favor pasible de devolución.

 

Para proceder al trámite de reintegro y/o por cualquier otra consulta relacionada a este tema contáctate al mail: [email protected] o de manera presencial Av. Centenario 77, 1º piso de lun./vie. de 9 a 14 hs.

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13.11.2022

Beneficio para Emprendedores

Por medio del Decreto N° 1965/2022, el Sr. Intendente, reglamentó la Ordenanza Municipal N° 9246/22, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, el 21 de Septiembre de 2022. El mismo dispone la exención sobre el valor de la base imponible fija determinada de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias, (Art. 80, inc. 1, Ord. Fiscal y art. 8, inc. A y B Ord. Impositiva), en un 100% durante el Primer año; y de un 50% durante el Segundo año.

 

Dispone además, la exención de un 100% sobre el valor de la Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias, para los emprendedores que inicien el trámite de habilitación a partir de la sanción del presente Decreto.

 

El presente beneficio constituye un claro ejemplo de la gestión de este Municipio en dar continuidad a las políticas de fomento en pos de incrementar la generación de empleo a nuestros vecinos.

 

 

¿Quiénes son considerados “Emprendedores”?

A partir del nuevo decreto, serán considerados Emprendedores aquellas personas humanas que se hayan dado de alta, o hubieran comenzado una “nueva actividad” a partir de 1º de Marzo de 2020.

 

¿Cómo se obtiene la exención?

A efectos de obtener el estímulo fiscal, los emprendedores deberán solicitar el beneficio completando el formulario electrónico disponible en el siguiente link

https://arsi.gob.ar/solicitud-beneficio-para-emprendedores/

A tal efecto deberán, junto con la información requerida, adjuntar y transmitir la información respaldatoria.

 

Requisitos

Será requisito que el contribuyente requirente se encuentre al día con la presentación de las declaraciones juradas y con el pago de las tasas municipales o con planes de facilidades de pago en curso (Dto. 1183/20), al momento de interponer su solicitud.

 

 

Ver el Decreto

 

Ver Guía de Trámite

 

 

Para más información

https://arsi.gob.ar/consultas/

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09.05.2023

Exención Tasa de Inspección de Comercio por antigüedad

Los comercios comprendidos entre las categorías 1 a 7 del anexo II del artículo 8 de la Ordenanza Impositiva que acrediten años de antigüedad en el desarrollo de sus actividades en el distrito gozarán de las siguientes reducciones:

  • Comercios con 25 años de antigüedad, reducción 25%;
  • Comercios con 50 años de antigüedad, reducción 50%;
  • Comercios con 75 años de antigüedad, reducción 75%;
  • Comercios con 100 años de antigüedad, reducción 100%

Cómo solicitar este beneficio:

Para obtener el beneficio, debe ingresar a la página WEB de la Agencia de Recaudación https://arsi.gob.ar y completar el formulario haciendo click en Exención Antigüedad.

Requisitos:

  • Estar comprendido como pequeño contribuyente;
  • Adjuntar copia del certificado de habilitación municipal.

Cualquier duda o aclaración no dude en contactarse con la Agencia de Recaudación a través de los distintos canales de comunicación:

Teléfonos 4512-3619 ó al 4512-3621 de lunes a viernes de 8:30 a 16:00 hs. ó por mail a :
agenciaderecaudacion@sanisidro.gov.ar,


Agencia de Recaudaciones de San Isidro (ARSI)

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28.06.2023

ESTÍMULOS PARA EMPRESAS QUE NO CONTAMINAN Y TIENEN RESPONSABILIDAD SOCIAL

BENEFICIOS FISCALES PARA EMPRESAS DE TRIPLE IMPACTO.

Las empresas de triple impacto, son empresas comerciales que teniendo fines de lucro (es decir no siendo ONGs o entidades sin fines de lucro); priorizan el cuidado del Medio Ambiente y tienen Responsabilidad Social Empresaria. Estas empresas voluntariamente asumen una triple responsabilidad con la comunidad: Económico-Financiera, con el Medio Ambiente y con la Sociedad. Seguí leyendo “ESTÍMULOS PARA EMPRESAS QUE NO CONTAMINAN Y TIENEN RESPONSABILIDAD SOCIAL”

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Para la solicitud del presente beneficio, deberá realizar
el pedido por la Mesa General de Entradas, sita en
Av. Centenario 77 Primer subsuelo.
Ante cualquier consulta, por favor contactarse a:
[email protected]