Beneficios para Oficinas Administrativas / Comerciales
En el caso de los establecimientos que correspondan exclusivamente a oficinas, que no realicen expendio de bienes al público en el lugar, podrá otorgarse a pedido del contribuyente un descuento de hasta el 50% sobre el valor de la tasa determinada.

Requisitos para acceder a dicho beneficio:
- Reducción del 25% por personal residente en San Isidro deberá acreditar un 25% o más del personal declarado en relación de dependencia afectado al establecimiento que acredite domicilio real en el partido.
- Reducción del 25% por no estar alcanzados por ninguna tasa ambiental en aquellos casos en que no corresponda tributar tasas ambientales podrán acceder al beneficio de un 25% que se podrá adicionar al requisito anterior.Dicho beneficio será precedente para todas las oficinas independientemente del rubro/actividad en el que se hubieran dado de alta, siempre que en el establecimiento se realicen exclusivamente tares administrativas y/o comerciales.
- Exención de Derechos de Publicidad a pequeños contribuyentes

El artículo 10 de bis de la Ordenanza Impositiva establece la exención del pago del derecho de publicidad “a los contribuyentes contemplados por el articulo 8 y Anexo II Categorías 1 a 7 de la ...
- Beneficio para Industrias

Con fecha 7 de Julio de 2022, el Señor Intendente Municipal, ha reglamentado a través del Decreto Nº 1285/2022 el artículo 82 bis, apartado IV, de la Ordenanza Fiscal vigente. Dicho apartado contiene un beneficio ...
- Beneficios para Oficinas Administrativas / Comerciales

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