Descarga las boletas de pago del Municipio
En esta sección se encuentran las boletas de pago correspondientes al municipio.
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales–+
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales–+
Esta tasa se encuentra normada en los artículos 53 y subsiguientes de la Ordenanza Fiscal vigente. Corresponde a la prestación de los servicios municipales de Alumbrado, Limpieza, y Servicios Generales. La tasa deberá abonarse estén o no ocupados los inmuebles, edificados o no, ubicados en las zonas del Partido, en las que el servicio se preste total o parcialmente, diaria o periódicamente, entreguen o no los ocupantes de las fincas los residuos domiciliarios a los encargados de su recolección.
Tasa por Inspección de Comercios e Industrias–+
Tasa por Inspección de Comercios e Industrias–+
Esta tasa se encuentra normada en los artículos 79 y subsiguientes de la Ordenanza Fiscal vigente. Corresponde a los servicios de inspección y control destinados a preservar la seguridad, salubridad e higiene, así como la continuidad de las condiciones de habitabilidad a que se refiere el Capítulo III, de los comercios, industrias, servicios y actividades asimilables a tales, aún cuando se tratare de servicios públicos, que se desarrollen en locales, establecimientos u oficinas, y por los servicios destinados a verificar el mantenimiento de las condiciones en base a las cuales se otorgara el permiso de localización, se abonará la tasa que al efecto se establezca.
Tasas Ambientales–+
Tasas Ambientales–+
Las Tasas Ambientales se encuentran reguladas en el Título III de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes.En el marco de establecer la política medioambiental del Municipio de San Isidro, se promulgó mediante Decreto n° 1810/2016, la Ordenanza N° 8886 de Política Medioambiental, que tiene por objeto establecer los principios, objetivos e instrumentos de la Política Medioambiental que será desarrollada por el Municipio del Partido de San Isidro considerando al Hombre y su Cultura en la centralidad consagrada por la encíclica papal “LAUDATO SI”.
Las Tasas contenidas en el referido Título III de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes son:
Capítulo I: Tasa por Servicios de Protección Ambiental (Emisión Industrial y Emisión NO Industrial)
Capítulo II: Tasa por Comercialización de Envases no Retornables y afines
Capítulo III: Tasa por Servicios de Gestión de Residuos de Obra, Áridos y Afines
Capítulo IV: Tasa por Servicios de Gestión de Residuos a Grandes Generadores
Cabe destacar que los fondos recaudados por estas Tasas se encuentran afectados a inversiones para el cumplimiento de metas medioambientales.
- Tasa por Servicios de Protección Ambiental (Emisión Industrial),
- Tasa por Servicios de Protección Ambiental (Emisión no Industrial),
- Tasa por Comercialización de Envases no Retornables y afines, y
- Tasa por Servicios de Gestión de Residuos a Grandes Generadores.
Teléfono de contacto: 4512-3635 /3621
Patente de Moto vehículos / Automóviles–+
Patente de Moto vehículos / Automóviles–+
Por vehículos motorizados radicados en el Partido y que utilicen la vía pública. La base imponible es la unidad vehículo según cotización brindada por la Dirección Nacional del Registro Nacional de la Propiedad Automotor –DNRPA- vigente al mes de octubre de 2017.-
Para altas y bajas de automotores: https://www.sanisidro.gob.ar/tramites/altas-bajas-yo-modificaciones-de-automotores
Embarcaciones–+
Embarcaciones–+
Atento a los convenios de descentralización celebrados con la Provincia de Buenos Aires, la Municipalidad, a fin de colaborar y facilitar las tareas a realizar por los vecinos, realiza la gestión de los trámites de Embarcaciones Deportivas. Es importante destacar que se trata de un impuesto provincial, estipulado en los artículos 244 y siguientes del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires. El mismo comprende a las embarcaciones afectadas al desarrollo de actividades deportivas o de recreación, que estén propulsadas en forma principal o accesoria a motor y que tengan su fondeadero, amarre o guardería habitual en la provincia de Buenos Aires.